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Cláusulas de renuncia de acciones. ¿Son legales?

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Siempre es importante no firmar ningún acuerdo sin haber consultado previamente a un/a especialista.

Pero más todavía si resulta que lo que se está firmando es una cláusula de renuncia de acciones.

Mediante este tipo de cláusulas, lo que ocurre es que la parte afectada deja constancia por escrito de que no acudirá a los tribunales a pedir algo a lo que tiene derecho.

Es probable que te estés preguntando por qué alguien iba a firmar algo así.

La respuesta está en que la otra parte suele dar algo a cambio, aunque no todo lo que debería.

Vamos a aterrizarlo con un caso real:

Con las famosas cláusulas suelo, algunos bancos solían ofrecer acuerdos en los que se comprometían a dejar de aplicar la cláusula suelo (a futuro).

Esto, a priori, beneficiaba al consumidor.

Ahora bien, el banco también debía devolver todas las cantidades cobradas de más por esa cláusula suelo (a pasado).

Sin embargo, si el consumidor firmaba la renuncia de acciones, se comprometía a no reclamar esas cantidades.

Al respecto, hay que tener en cuenta que solo la renuncia de acciones previa a la existencia de una controversia es nula, siempre.

Por el contrario, la renuncia de acciones posterior a un conflicto puede ser (o no) nula.

¿Y de qué dependerá?

Pues la renuncia de acciones será abusiva y, por tanto, nula, si el consumidor no disponía de la información pertinente que le hubiera permitido comprender las consecuencias jurídicas y económicas que se derivaban para él de tal cláusula.

Por eso es tan importante no firmar nada sin que un/a abogado/a haya estudiado ese “acuerdo”.

¿Has firmado una renuncia de acciones y no sabes si es abusiva?

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