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Las obligaciones veterinarias y las quejas ante el Colegio de Veterinarios

Negligencias veterinarias

A nivel estatal, las normas internas más importantes que regulan la profesión veterinaria son:

  • Estatutos generales de la Organización Colegial Veterinaria Española (2013).
  • Reglamento para el ejercicio profesional en clínica de animales de compañía (2015).
  • Código deontológico para el ejercicio de la profesión veterinaria (2018).

A estas normas internas me referiré a continuación, pero debe tenerse en cuenta que también existen los Estatutos particulares de los Colegios Oficiales Veterinarios y de los Consejos Autonómicos.

De hecho, la Organización Colegial Veterinaria está integrada por el Consejo General de Colegios Veterinarios de España, los Colegios existentes en las Comunidades Autónomas y los Colegios Oficiales de Veterinarios existentes en cada provincia y en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Las normas anteriormente mencionadas (los Estatutos, el Reglamento y el Código) establecen una serie de reglas para el ejercicio de la profesión, entre otras cuestiones.

Especialmente, tanto los Estatutos como, sobre todo, el Código deontológico, determinan el contenido de la deontología profesional veterinaria, que se define como el “conjunto de deberes y principios éticos propios de la profesión veterinaria”.

¿Qué hacer si he sufrido una negligencia veterinaria?

¿Cuáles son las principales obligaciones que tienen los profesionales veterinarios?

  1. Guardar el secreto profesional, es decir, salvaguardar la intimidad de su cliente frente a terceros.
  2. Intentar estabilizar un animal cuando su vida corra un peligro grave y manifiesto (art. 8.2 del Código).
  3. No realizar actuaciones para las que no estén capacitados o no dispongan de los medios técnicos necesarios, ni declarar competencias o conocimientos de los que carecen.
  4. Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil.
  5. Informar al cliente en un lenguaje comprensible.
  6. Solicitar y obtener el consentimiento expreso y escrito del cliente antes de realizar actos clínicos que puedan suponer un riesgo para el animal, de proceder a la eutanasia o a la necropsia.
  7. Facilitar un informe al cliente sobre el estado de salud, enfermedad o asistencia prestada al animal, y entregar copia de las pruebas diagnósticas.
  8. Registrar la actuación veterinaria en la historia o ficha clínica.
  9. No eutanasiar a los animales salvo si concurren determinadas circunstancias, como un caso de enfermedad física que comprometa la vida del animal.
  10. No prometer resultados que no dependan exclusivamente de su actividad.
Poner una queja en el Colegio de Veterinarios

Por otro lado, los establecimientos veterinarios se clasifican según las dependencias y los servicios con los que cuenten, y son los siguientes:

  1. Consultorio veterinario: Entre otras características, no tiene quirófano y solo puede hacer cirugías menores.
  2. Clínica veterinaria: Sí cuenta con quirófano, entre otros.
  3. Hospital veterinario: Cuenta con salas de hospitalización, entre otros.
  4. Centro de referencia: Su particularidad es que se dedica a actuaciones específicas de radiodiagnóstico, resonancia magnética, rehabilitación, etc.

¿Qué hacer si sospecho que mi veterinario está cometiendo una infracción?

En caso de incumplimiento de las normas internas, tal infracción podrá comunicarse al Colegio correspondiente.

De hecho, en cada Colegio existirá una Comisión Deontológica y un servicio de atención a los consumidores y usuarios, que tramitará y resolverá las quejas y las reclamaciones.

El ejercicio de la potestad sancionadora respecto de los veterinarios colegiados corresponde a las Juntas de Gobierno de los Colegios Oficiales.

Las sanciones pueden imponerse tanto a los veterinarios colegiados como a las sociedades profesionales.

Los veterinarios pueden ser sancionados mediante la amonestación (privada o pública), el apercibimiento por oficio, la suspensión en el ejercicio profesional e incluso la expulsión del Colegio.

Asimismo, las sanciones que las sociedades profesionales pueden recibir son la amonestación (privada o pública), el apercibimiento por oficio, la multa, la baja temporal del Registro de Sociedades Profesionales o incluso su expulsión del Registro.


¿Crees que tu veterinario/a no está actuando correctamente? ¿Crees que ha podido haber una negligencia veterinaria? Escríbeme para salir de dudas.

Este artículo también está disponible en la web del Consejo General de la Abogacía Española.

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