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Negligencias de aerolíneas en el transporte de animales de compañía

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Lamentablemente, a veces, pasa.

Que tu animal viaje en una aerolínea y sufra lesiones o, en el peor de los casos, muera por un golpe de calor o se extravíe y no vuelvas a saber más de él.

En todos esos casos, se podrá reclamar a la compañía aérea una indemnización, normalmente, por daño moral.


¿Es cierto que la indemnización será de, máximo, unos 1.400 euros?

Dependerá del caso.

La cuantía indemnizatoria por daño moral se determinará según los límites de la normativa aérea o según unos criterios generales.

Estos criterios generales consisten en circunstancias concretas a tener en cuenta para indemnizar con una cuantía mayor o no.

Me explico:

Por ejemplo, en el caso del extravío del animal, estos criterios serían:

  • El tiempo de convivencia con el animal.
  • La forma en que se produjo su pérdida.
  • Los muchos intentos de búsqueda que se hayan hecho sin éxito…

Si, por las circunstancias del caso, no son aplicables los criterios generales anteriores, la indemnización por daño moral se verá limitada por la normativa aérea.

Hay distintas normas aplicables, pero todas ellas tienen en común que se consideraría a los animales como equipaje.

Esto significa que, en caso de pérdida, fallecimiento o lesiones, a los animales se les aplicarían los mismos máximos que para la indemnización de maletas.

Increíble, ¿verdad?

Estos son los límites indemnizatorios según estas normas:

  • Reglamento (CE) núm. 2027/97: Máximo de unos 1.400 €.
  • Convenio de Montreal: Máximo de unos 1.200 €.
  • Ley de navegación aérea: Máximo de unos 22 € por kg o unos 600 € «por unidad».

Ahora bien, hay que tener en cuenta que las cuantías que indico son aproximadas, ya que las normas hablan de Derechos Especiales de Giro, de modo que hay que convertirlos a euros para conocer su equivalencia.

Además, también es importante conocer que los límites pueden ser superiores si el pasajero hubiese declarado un valor diferente y abonado una tarifa suplementaria.


¿Y si en el contrato hay cláusulas abusivas?

El propio Convenio de Montreal, por ejemplo, regula qué sucede si en el contrato hubiese cláusulas abusivas, es decir, cláusulas que perjudican al consumidor.


Plazo para reclamar

Es muy importante tener en cuenta que la reclamación debe hacerse dentro del plazo previsto para ello.

Y, según el caso, los plazos pueden ser muy cortos.

Por eso hay que actuar con rapidez.

No te arriesgues y déjalo en mis manos. Yo me encargo.


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