Maltrato animal: ¿prisión o multa?
Antes de nada, hay que tener en cuenta que el maltrato constitutivo de delito (penal) conlleva pena de prisión o multa, mientras que el maltrato administrativo solo conlleva pena de multa, y no prisión.
¿Qué se considera maltrato en el ámbito administrativo?
A la espera de una ley estatal aplicable en toda España, hay que estar a lo establecido en la ley de protección de los animales de cada comunidad autónoma.
Por ejemplo, en Catalunya, la ley impone, entre otras, las siguientes obligaciones para el cuidado de animales:
- Mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, de bienestar y de seguridad, de acuerdo con las características de cada especie.
- Prestarles la atención veterinaria básica para garantizar su salud.
Además, está expresamente prohibido, entre otras cosas:
- Maltratarlos, agredirlos físicamente o someterlos a cualquier otra práctica que les produzca sufrimientos o daños físicos o psicológicos.
- No facilitarles la suficiente alimentación.
- Mantenerlos atados durante la mayor parte del día o limitarles de forma duradera el movimiento que les es necesario.
Las sanciones pueden consistir en multas de hasta 45.000 euros.
Además, es importante conocer la ordenanza municipal de protección aplicable, ya que algunas pueden prever cuestiones que las leyes autonómicas no tratan.
Es el ejemplo de la ordenanza de Barcelona, que concreta con más detalle cuáles son las obligaciones en el cuidado de animales.
Por ejemplo:
- Debe suministrarse agua potable y limpia, y una alimentación suficiente y equilibrada.
- Deben retirarse diariamente los excrementos y orines del lugar en el que esté alojado el animal.
- Los perros deben salir al exterior al menos dos veces al día.
- El control veterinario debe ser anual, como mínimo.
La ordenanza de Barcelona también contempla determinadas prohibiciones específicas, como el uso de collares de ahogo o de pinchos.
Las sanciones pueden llegar a los 20.000 euros.
¿Y en la vía penal? ¿Qué se considera maltrato?
En la actualidad, el delito de maltrato animal se castiga con hasta 18 meses de prisión.
El maltrato debe ser injustificado (por ejemplo, se excluye si concurre la legítima defensa) y debe haber causado lesiones graves en el animal, o bien haber implicado su explotación sexual.
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Los animales no pueden denunciar los hechos de los que son víctimas.